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17-03-2021  CREAMA INFORMA El Ayuntamiento de Gata convoca las Ayudas PARÈNTESI del Plan Resistir

Las bases de las ayudas y los impresos para la solicitud se han publicado en el TABLÓN DE ANUNCIOS de la sede electrónica y se podrán solicitar telemáticamente a través del siguiente trámite: Solicitud de ayudas PARÉNTESIS para empresas del municipio de Gata de Gorgos (PLAN RESISTIR)  

El periodo de solicitud es de 30 días naturales a partir del día siguiente al de su publicación en el BOP (nº54 de fecha 22/03/2021).

El plan destinará para el municipio 197.513 euros para autónomos y microempresas de los sectores más afectados por la crisis de la COVID-19. El Ayuntamiento aportará un 15% del total, el 62,5% lo aportará la Generalitat Valenciana y se completará con el 22’5% con el cual contribuirá la Diputación Provincial.

El programa consiste en una ayuda directa de 2.000 euros por cada autónomo o microempresa, que se incrementará en 200 euros por trabajador.

La actividad económica tiene que ser ejercida por una persona autónoma o microempresa con un máximo de 10 personas trabajadoras, que estén dados de alta en el régimen de la Seguridad Social y en la Agencia Estatal de Administración Tributaria a fecha 31 de diciembre de 2020. También tienen que desarrollar la actividad en el municipio y estar dados de alta en alguno de los CNAE establecidos en el Anexo I de la convocatoria: comercio al por menor de productos en lugares de venta y en mercadillos, hoteles y alojamientos turísticos, campings y aparcamientos de caravanas, restaurantes y lugares de comer, provisión de comidas preparadas para acontecimientos, y establecimientos de bebidas. Además, también contempla otras actividades como las de exhibición cinematográfica, agencias de viajes, operadores turísticos, otros servicios de reservas, organización de convenciones y ferias, artes escénicas y actividades auxiliares, gestión de salas de espectáculos, gestión de instalaciones deportivas, actividades de los clubes deportivos, gimnasios y otras actividades deportivas, actividades de los parques de atracciones, entre otras actividades recreativas y de entretenimiento.

La participación en estas ayudas será compatible con subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquier administraciones o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, y concedidos para la misma finalidad prevista en el presente decreto. Esta compatibilidad estará condicionada en que el importe de las ayudas, aisladamente o en concurrencia con otras, no supere el coste de la actividad subvencionada.

Podéis consultar las bases y los impresos haciendo clic AQUÍ

 

Más información en Creama Gata, telf. 96 575 62 63 - adl@gatadegorgos.org

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